Tema: Acuerdo de Escazú.
Fecha de transmisión: 27 de agosto de 2020.
Invitado: Tomás Severino.
Es un instrumento jurídico, legalmente vinculante que acordaron los países de América Latina y el Caribe que busca explicitar la relación entre los derechos humanos y los derechos ambientales, busca también establecer los estándares óptimos para ejercer de manera plena los derechos de acceso a la información, los derechos de participación en la toma de decisiones y los derechos de acceso a la justicia en temas ambientales ante violaciones o resarcimiento. Es un tratado que busca apoyar la base de todos los procesos de la gestión ambiental y de los recursos, donde la gente necesita la información para saber la calidad del agua, del aire, o ante procesos de obra pública, de desarrollos inmobiliarios, etc.
Es el primer acuerdo de América Latina y del Caribe, antes se habían signado instrumentos a nivel continental, pero en este caso sólo conglomera a los países pertenecientes a esta subregión del continente americano.
Tienen su origen en la conferencia de Río de 1992, un parteaguas en cómo el mundo y la cooperación internacional y los gobiernos hacen frente a las distintas crisis, de ahí surgió el convenio de cambio climático, donde después se trató de formalizar el Protocolo de Kioto y fue la base de los Tratados de París, así como fue la base del Tratado de Diversidad Biológica.
La Declaración de Río, tiene 27 principios: “el principio de quien contamina paga”; “el principio precautorio”: El principio número 10 establece que la mejor manera de tratar los temas ambientales será con la participación informada de la gente con la información que tengan las autoridades y tengan la oportunidad de participar en los proceso de toma de decisiones y también la oportunidad de tener acceso a los sistemas de remediación o de justicia o resarcimiento ante la violación de derechos ambientales.
PRINCIPIO 10.
El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.
América Latina se tardó 20 años en implementar el principio 10 de la Declaración de Río. En cambio, Europa para echar a andar el Convenio de Aarhus tardó aproximadamente 10 años, aquí se nota de manera clara la diferencia institucional de ambas regiones.
El Convenio de Aarhus es el primer referente en el mundo donde se establecen las obligaciones de los estados europeos para poder garantizar que la gente pueda tener acceso a la información, a la participación y a la justicia ambiental.
20 años después de la conferencia de Río ’92, América Latina lanza la Conferencia de Río +20, en relación del principio 10.
A partir de la Conferencia de Río +20 surgió la necesidad de tener un acuerdo regional sobre el principio 10, proceso que duró 6 años. Cabe destacar que para la adopción a plenitud del principio 10 hubo cierta polémica, pues al hablar de datos abiertos se confundía con el big data y con ello surgió el tema de la entrega de datos y el mal uso que podría haber con ellos. Todo este proceso terminó en 2018, en San José, Costa Rica, en la municipalidad de Escazú, de ahí adopta el nombre por el cual es conocido como Acuerdo de Escazú.
Existe un riesgo que los Acuerdos de Escazú se conviertan en letra muerta, hay siempre un riesgo, sien embargo dependerá de la institucionalidad y la seriedad con que cada país ponga en práctica este Acuerdo. Algo que debe resaltarse es que los Acuerdos de Escazú son también un instrumento de Derechos Humanos, lo cual da mayor pauta para su exigibilidad.
¿Cómo vamos en México en la Adopción de los Acuerdos de Escazú?
En México ha pasado a consulta con el ejecutivo, estará próximamente en discusión en el Senado para que una vez discutido ahí, para que el Senado lo turne al ejecutivo y éste pueda ratificar. Para su entrada en vigor se necesita que se depositen mínimo 11 ratificaciones en la Secretaría General de las Naciones Unidas.
Lo firmaron 23 países, en 4 países está en discusión (México, Costa Rica, Colombia y Perú) y 10 países lo han ratificado (Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Ecuador, Guyana, Nicaragua, Panamá, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas y Uruguay).